La Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon) ha publicado el Primer Informe Anual de Supervisión de la Contratación Pública en España, y en él advierte de que, durante 2018 (primer año de vigencia de la Ley de Contratos del Sector Público), las Administraciones Públicas incumplieron numerosas obligaciones de la ley y, particularmente, se olvidaron de condicionar la contratación de bienes, servicios y suministros a criterios ambientales y sociales, tal y como exigen la propia LCSP y la normativa europea de contratación pública.
Tal y como contábamos hace unas semanas en este mismo blog, la Directiva Europea de Contratación Pública y la Ley de Contratos del Sector Público establecen como norma la contratación pública estratégica, un nuevo paradigma de adquisiciones que supera el modelo de oferta más barata e impone en cada proceso unos requisitos de sostenibilidad económica, social y ambiental con el fin de favorecer un cambio de modelo de desarrollo.
Pues bien, en este primer informe anual de OIReScon, la supeditación de las compras públicas a las políticas ambientales, sociales y de innovación parece, de momento, papel mojado. Por ejemplo, en contratos de concesión de servicios hacia la ciudadanía (servicios sociales, sanitarios, educativos o de restauración), durante 2018, las Administraciones Públicas españoles no establecieron condiciones especiales de ejecución de carácter social o medioambiental en un 40% de los casos estudiados, «siendo paradójico este dato, precisamente, en prestaciones sociales, educativas sanitarias, de restauración y similares, que es donde debían cuidarse mucho más los objetivos estratégicos sociales y medioambientales que impone la LCSP”, según el informe de OIReScon.
Aunque no se dan datos globales sobre esta obligación incumplida, es de suponer que, en otro tipo de contratos (carreteras, edificios o suministros, por ejemplo), la ausencia de criterios responsables es mucho mayor. “La recomendación ha de enmarcarse en la necesidad de que los órganos de contratación cumplan lo establecido en la Ley, con el ánimo de encauzar la contratación pública hacia objetivos estratégicos», concluye el texto.
“De las actuaciones de supervisión directas de la OIReScon se confirman áreas de riesgo en la contratación pública –explica el informe de este órgano, creado hace apenas año y medio- así como ausencia de un uso estratégico de la contratación pública». «Se han identificado incumplimientos en el establecimiento de condiciones especiales de ejecución de carácter social, medioambiental y de innovación, desaprovechando las posibles mejoras en políticas sociales y medioambientales», se lamenta. Entre la falta de cláusulas sociales en los pliegos de contratación destaca un abuso de los criterios de solvencia y clasificación que benefician a grandes empresas y discriminan a las PYME´s, justamente, lo contrario de lo que pretende la normativa comunitaria de adquisiciones públicas.
Falta formación
Además de esta deficiencia en el carácter responsable de los contratos públicos, el texto apunta otra grave carencia: la falta de formación de los funcionarios y demás personal público en los nuevos criterios de contratación pública. Se echan en falta planes de formación específicos en los centros públicos para que los órganos de contratación puedan actualizarse a los muchos y complejos requisitos de la nueva normativa. Así, según el informe anual, el 84,75% de las actividades de formación de los centros consultados se han centrado en formación general, siendo sólo el 15,25% formación específica o avanzada. Señal inequívoca de que las Administraciones, en general, y los ayuntamientos, en particular, no aplican la nueva normativa de contratación pública por desconocimiento y falta de formación.
Además, más de la mitad de las solicitudes de formación de los empleados públicos (un 57,36%, exactamente) no han sido atendidas. Por ello, se recomienda la adaptación y creación de itinerarios formativos dirigidos a la especialización y profesionalización en la contratación pública, así como adecuar la oferta formativa a la demanda existente, con contenidos prácticos que realmente enseñen a contratar a las unidades técnicas con los nuevos criterios.
En el Informe se advierte, además, de numerosas deficiencias en la contratación menor, la publicación de las modificaciones contractuales, la subcontratación, los encargos a medios propios y las consultas preliminares del mercado, y se propone el diseño de una Estrategia Nacional de Prevención y Lucha contra la Corrupción que incluya un apartado específico relativo a la contratación pública.
Asimismo, se recomienda fomentar, impulsar y reforzar la implantación e implementación de la contratación electrónica a la hora de publicar concursos, anunciar adjudicaciones, presentar recursos por parte de operadores privados y resolver esos recursos.
La Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación Pública (OIReScon) fue creada por el Gobierno en junio de 2018 con la misión de velar por la correcta aplicación de la legislación y, en particular, promover la concurrencia y combatir las ilegalidades y corruptelas en la contratación pública.
Para descargar el informe anual completo, pulse aquí.
Para acceder a un resumen ejecutivo del informe (cuya versión completa supera las 400 páginas) pinche aquí.