A partir de 2020, el Tribunal de Cuentas fiscalizará el cumplimiento efectivo de las obligaciones ambientales y sociales fijadas en los contratos del sector público y que, hasta ahora, no eran casi nunca comprobadas. Las cláusulas sociales, medioambientales o de apoyo a la innovación son una exigencia novedosa de la vigente Ley de Contratos del Sector Público y, de hecho, vienen recogidas en el objeto, las especificaciones técnicas, los criterios de selecciòn y las condiciones de ejecución de la mayoría de concursos públicos. Sin embargo, la falta de concreción en la citada ley sobre el control de esas obligaciones está provocando que, en la práctica, la igualdad de género en el desarrollo del contrato, el porcentaje asumido de trabajadores discapacitados o el sistema avanzado de reciclaje resulten papel mojado una vez resuelto el concurso.
Según diversos expertos, la comprobación de las condiciones ambientales y sociales de los contratos públicos contemplada en la Ley de Contratos del Sector Público obligan a un replanteamiento de la función de control del Tribunal de Cuentas. Para estos expertos, esta tarea –que es una de las grandes lagunas de la ley- enriquecerá las fiscalizaciones del alto tribunal «con la incorporación de la verificación y el análisis en materia de gestión, extendiendo las mismas a las valoraciones sobre eficacia, eficiencia y economía de las decisiones adoptadas por los órganos de contratación».
Durante el próximo ejercicio, y a solicitud de las Cortes Generales, el Tribunal de Cuentas pondrá en marcha un informe general de contratación referido al conjunto del sector público en el que, partiendo de los informes específicos de fiscalización realizados en el ejercicio, se resuman y expongan las principales irregularidades y deficiencias detectadas en dichos informes.